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Con gran éxito cierra curso de “Implementación Ley Karin”

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Con la presencia de la presidenta de la Comisión de Género y Equidad de la ACHM, alcaldesa de Villa Alemana, Javiera Toledo Muñoz, y la subsecretaria del Ministerio de la Mujer, Luz Vidal Huiriqueo, se realizó en dos jornadas el curso “Implementación Ley Karin”, que contó con más de 120 participantes de municipios de todo el país, tanto rurales como urbanos.

En este contexto, se premió a los municipios que participaron en el Concurso “Experiencias y Prácticas por la Igualdad de Oportunidades y Diversidad de Género en los Municipios”. Los ganadores de los tres primeros premios fueron los municipios de Los Andes, Quilicura y Maipú. Las menciones honrosas fueron para los municipios de Temuco, Melipilla y Lo Prado.

Entre las materias tratadas en el curso, destaca la exposición de Paloma Galaz Lillo, abogada asesora del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, quien se explayó sobre la Ley 26.485 (Ley Integral) que trata de la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, enfatizando la prevención, el acceso a la justicia y la protección y reparación a la víctima.

Además, Irisel Cabezas Cornejo, encargada de Género de la Municipalidad de Villa Alemana, explicó en detalle los conceptos y principios de la Ley Integral, como la violencia física, psicológica, sexual, económica, simbólica, institucional, política, en el trabajo y gineco-obstétrica.

Por su parte, María José San Martín, asesora legislativa del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señaló la importancia de la ratificación del Convenio 190 de la OIT por parte del Estado chileno. Este es “el primer instrumento internacional que agrupa la igualdad y la no discriminación con la seguridad y salud en el trabajo en un solo documento, situando la dignidad humana y el respeto en su centro”. También expuso sobre la modificación de los cinco cuerpos legales que integran la Ley 21.643, conocida como Ley Karin, destacando las definiciones de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que deben ser consideradas al aplicar la ley. En este marco, enfatizó la obligatoriedad de elaborar un Protocolo o Reglamento que los municipios deben implementar a partir del 1° de agosto del año en curso, el cual debe incluir acciones de prevención, información y capacitación, así como medidas para proteger la privacidad y la honra.

La Superintendencia de Seguridad Social ofrece un formulario de ayuda en su web para su implementación y está disponible para resolver dudas. Es importante señalar que la modificación a la Ley 18.695 (LOM) establece que las acusaciones contra alcaldes/as, concejales/as, funcionarios/as o jefaturas municipales deben ser notificadas a la Contraloría General de la República en un plazo de tres días hábiles. Basta con que un concejal interponga la denuncia.

Por último, Mafalda Fabbri, coordinadora de la Comisión de Género y Equidad de la ACHM, presentó un modelo de Protocolo o Reglamento como guía para los municipios. Este debe incluir la identificación de peligros y evaluación de riesgos psicológicos; medidas para prevenir y controlar dichos riesgos con objetivos medibles; medidas para informar y capacitar, incluyendo derechos y responsabilidades; y medidas para proteger la privacidad y la honra y para manejar denuncias inconsistentes en estas materias.

Escrito por Soporte_Achm

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